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Crónica
el
diumenge
El
Sáhara Occidental continúa en el foco mediático tras los acontecimientos ocurridos en la zona de
Guerguerat a mediados del pasado mes de noviembre. Tras la ruptura del alto al fuego, provocada por la incursión militar de
Marruecos en un territorio fuera de los márgenes establecidos por la ONU y la declaración de guerra por parte del
Frente Polisario, el conflicto ha tomado una nueva dimensión por las declaraciones del presidente de EEUU en funciones,
Donald Trump, en las que
reconoce la soberanía de Marruecos
sobre el territorio. Ningún país, salvo el propio reino alauita, claro,
lo había hecho de forma oficial hasta ahora. Las resoluciones de la ONU
son claras al respecto. Y otras sentencias judiciales también han dado
la razón a ciertas reivindicaciones de los saharauis.
Repasamos en cuartopoder todas las ocasiones en las que la legalidad internacional se ha puesto de lado de los saharauis.
El próximo día 17 se iba a celebrar en Rabat la primera Reunión de Alto Nivel (RAN) entre España y Marruecos desde el año 2015.
La cumbre bilateral iba a contar, en teoría, con la presencia del
presidente Pedro Sánchez y de varios ministros. Estaba marcada
principalmente por el asunto de la inmigración tras los últimos
acontecimientos ocurridos en Canarias. Y con el telón de fondo, claro,
de la situación en el Sahara. Casualidades o no, la cumbre se aplazó
pocas horas después de las declaraciones de Trump. La explicación
oficial de la cancelación es la situación sanitaria creada por el
coronavirus.
No sabremos, por tanto, al menos hasta febrero, si se adoptarán
nuevos acuerdos con el país vecino. Acuerdos que según lo que dictan las
leyes internacionales no deberían en ningún caso estar vinculados al
territorio del Sáhara Occidental.
Los documentos de la ONU
En el Capítulo XI de la Carta de las Naciones Unidas, se definen los Territorios No Autónomos
como "territorios cuyos pueblos no hayan alcanzado todavía la plenitud
del gobierno propio". El Sáhara Occidental está incluido en el listado de la ONU desde el año 1963 y debería estar supervisado por el Comité Especial de Descolonización. La resolución 1514 de la Asamblea General de Naciones Unidas estableció en 1960 los derechos de las colonias si así lo consideraban.
En 1975, año clave para el conflicto y en el que se materializó la
salida de España del territorio, la invasión de Marruecos mediante la
Marcha Verde y el inicio de la guerra, conviene resaltar la opinión de
la Corte Internacional de Justicia. Este organismo fue consultado
para determinar los vínculos entre el país alauita y el Sahara
Occidental. El Tribunal estimó que no existían vínculos jurídicos que
modificasen la aplicación de la resolución 1514 y en particular la
aplicación del principio de autodeterminación.
Tras varios años de guerra entre el Frente Polisario y Marruecos, en 1991 se acordó crear la MINURSO, Misión para la Organización de un Referéndum en el Sahara Occidental,
con el cometido de actualizar el censo de votantes y llevar a cabo
dicha consulta. A día de hoy la misión se ha ido renovando año tras año
sin avanzar en este referéndum. La misión, por cierto, es la única de la
ONU en el mundo sin competencias para supervisar el cumplimiento de los
Derechos Humanos en el territorio.
Respecto a la resolución del conflicto, la Asamblea General realiza
año tras año una resolución específica. "En el texto ha ido poco a poco
desapareciendo la palabra referéndum", destaca Soroeta. La última, la de 2019,
determina el objetivo de "encontrar una solución política mutuamente
aceptable a la controversia que conduzca a la libre determinación del
pueblo del Sáhara Occidental". En 1995, el Consejo de Seguridad sí señalaba lo siguiente:
"Reitera su empeño en que celebre, sin más demora, un referéndum libre,
limpio e imparcial para la libre determinación del pueblo del Sáhara
Occidental de conformidad con el Plan de Arreglo que ha sido aceptado
por ambas partes". La ONU no ha nombrado enviado especial para este
asunto desde la dimisión en mayo de 2019 de Hans Kohller, último
representante.
Conviene recordar también que la ONU ha reconocido en diferentes documentos que el Frente Polisario ostenta la representación del pueblo saharaui en la resolución del conflicto. Lo lleva haciendo y ratificando en sus textos desde hace años.
También hay que tener en cuenta que durante el año 2002, el secretario general adjunto de Asuntos Jurídicos de la ONU, Hans Corell,
realiza un informe dirigido al secretario general del Consejo de
Seguridad de la organización, relativo a aspectos jurídicos de
relevancia en el caso del Sáhara Occidental. Según Corell, los Acuerdos Tripartitos de Madrid
"no transfirieron la soberanía sobre el Territorio ni confirió a
ninguno de los signatarios la condición de Potencia administradora,
condición que España, por sí sola, no podía haber transferido
unilateralmente".
La justicia sobre los acuerdos comerciales
"Si algo tienen de su lado los saharauis es el derecho internacional", destaca a este medio Juan Soroeta,
profesor titular de Derecho Internacional Público y Relaciones
Internacionales en la Universidad del País Vasco (UPV/EHU). Varias han
sido las "pruebas" de esta afirmación a lo largo del tiempo si nos
referimos a los acuerdos comerciales que se han ido firmando entre la
Unión Europea y Marruecos. Como telón de fondo, el "expolio" de recursos
naturales que denuncian desde diferentes asociaciones, activistas y el
propio Frente Polisario. En esas operaciones participan empresas españolas.
Ya en el año 2010, los servicios legales del Parlamento Europeo elaboraron un informe,
que permaneció oculto varios meses, sobre la violación de la legalidad
internacional que suponía el acuerdo de pesca entre Marruecos y la UE.
La razón principal es que el acuerdo no beneficiaba a nivel económico a
la población saharaui.
En 2016, el Tribunal de Justicia de la UE dictó otra sentencia en la que se señalaba que los acuerdos de asociación comercial entre Marruecos y la UE no son aplicables al Sahara Occidental.
"La sentencia es impecable, es puro derecho internacional. Se dictamina
que el Sahara no forma parte de Marruecos y, por tanto, que el acuerdo
es nulo en su aplicación al territorio", explica Soroeta. La Comisión
Europea, no obstante, recurrió esta decisión. El profesor universitario
revela un ejemplo clarificador de lo que sucedió: "En la última
intervención, el representante de Francia les dijo a los jueces que
tuvieran en cuenta las graves consecuencias que supondría una sentencia
confirmatoria de lo anterior para las relaciones entre la UE y
Marruecos. Con el dedo levantado, sonando a amenaza. ¿Qué hizo el
tribunal? Reculó. Lo que dijo fue que los acuerdos se aplican de facto,
se inventó esa expresión sin sentido. Porque si algo se comete fuera de
la ley es ilegal, y si no, legal. Se creó una tercera figura diciendo
que no es legal, sino que es de facto. Es lamentable", afirma.
El pasado año, 2019, el Parlamento Europeo aprobó un nuevo acuerdo de pesca entre Marruecos y la Unión Europea.
El acuerdo se ha ido renovando desde el año 2006 y en el punto de mira
siempre ha estado el uso de las costas saharauis, uno de los mayores
caladeros de pesca en todo el mundo. Y más con el precedente legal de
2016 con el acuerdo de asociación comercial, aunque no se aplicaba a la
pesca. Llegamos a 2018. "En los acuerdos de pesca el abogado general
hizo un informe espectacular. Antes no se decía nada sobre el Sahara
pero en el acuerdo de pesca sí. El abogado general dijo que la UE
violaba el derecho internacional, que Marruecos es un potencia ocupante.
Y que con esos acuerdos la UE reconocía la anexión de Marruecos",
explica Soroeta sobre las conclusiones del abogado.
Un mes después llegaba la sentencia
del Tribunal de Justicia Europeo. "En este caso el Tribunal, si
normalmente sigue en el 90% lo que dice el abogado general, aquí ni lo
menciona", señala Soroeta. En esta primera sentencia se determinaba que
el acuerdo pesquero no debía incluir las aguas del Sáhara Occidental.
Pero no declara ilegal el acuerdo. En julio de ese mismo año se ratificó
la sentencia. ¿Qué ocurrió para que finalmente saliera adelante en el Parlamento Europeo? Se realizó una revisión, una negociación mediante la cual la Comisión Europea envío a un grupo de "expertos" a los territorios ocupados.
Allí su misión era valorar si el acuerdo pesquero beneficiaba a la
población saharaui. "Se entrevistan con las asociaciones de colonos y
les preguntan si les parece bien. Claro, dijeron que sí. Por otra parte
los colonos están ilegalmente en el territorio, algo prohibido por los
convenios de Ginebra, que prohíben los traslados del territorio
ocupante", señala Soroeta. Se obvió en este caso la valoración del
Frente Polisario, que como señalamos anteriormente es el representante
legítimo según la ONU.
"Se desoyeron las propias sentencias de la justicia. La Comisión y el
Parlamento se buscaron sus intereses e hicieron una negociación. Lo que
ellos llaman población saharaui es principalmente población marroquí.
Es una evidencia que la población saharaui está marginada y es evidente
que el Frente Polisario no está representado", explica por su parte Javier Raboso, activista que ha formado parte de la organización Western Sahara Resource Watch, muy activa en estos asuntos.
La Audiencia Nacional: España es administradora
Para terminar, conviene recordar un revelador auto de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en 2014: "España de iure, aunque no de facto, sigue siendo la Potencia Administradora del territorio,
y como tal, hasta que finalice el periodo de la descolonización, tiene
las obligaciones recogidas en los artículos 73 y 74 de la Carta de
Naciones Unidas".
El origen de ese auto se sitúa en otoño de 2010. Las fuerzas de
seguridad marroquíes intervinieron para desalojar a los saharauis que
habían montado el campamento de Gdeim Izik, en las afueras de El
Aaiún. El día 8 de noviembre murió un ciudadano español, lo que provocó
una querella contra el Titular del Ministerio de Defensa, el Titular del
Ministerio del Interior y el Titular del Ministerio de Asuntos
Exteriores del Reino de Marruecos y contra el Gobernador de la ciudad de
El Aaiún.
Cuatro años después, cuando el caso llegó a la Audiencia Nacional, el
PP había aprobado la reforma de la Justicia Universal, lo que generó
dudas que al final se resolvieron por el principio de territorialidad.
Por tanto, en el auto debían juzgar si esa parte del Sáhara era considerado o no territorio bajo administración jurídica española.
En el texto de la Audiencia Nacional se puede leer que entre las
obligaciones de España respecto al Sahara se encuentran "dar protección,
incluso jurisdiccional, a sus ciudadanos contra todo abuso, para lo
cual debe extender su jurisdicción territorial para hechos como los que
se refieren en la querella a que se contrae el presente procedimiento".
El presidente de esa sala, por cierto, era Fernando Grande-Marlaska, hoy
ministro de Interior en el Gobierno de coalición progresista formado
por PSOE y Unidas Podemos.
Terminamos con unas reflexiones y una anécdota contada por el
profesor Soroeta. Significativas para entender ciertas actuaciones.
"Marruecos ha ido utilizando el chantaje. Ya me contarás cómo es posible
que en una semana lleguen 12.000 personas migrantes a Canarias. El día
que el Frente Polisario declaró la guerra se abrieron las puertas de par
en par. Los territorios ocupados son un estado policial, ahí no se
mueve nada sin que lo sepa la policía marroquí. El italiano Francesco Bastagli
fue representante especial del secretario general de la ONU para el
Sáhara Occidental y jefe de la MINURSO entre 2005 y 2006. Me decía que
cuando era jefe de la Minurso estaba redactando un informe y mientras lo
escribía recibió una llamada del ministro del Interior marroquí
diciendo que no podía escribir eso. Le estaban leyendo en tiempo real.
Cada vez que tenían que hacer un informe se trasladaban a Canarias para
que no se lo hackearan".
Miguel Muñoz
Segons publica l'agència de notícies EP
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