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Fuente: ECS / Por Carlos Cristóbal y Lehbib Abdelhay
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Más de 400 familias siguen sin noticias
de sus familiares desaparecidos a raíz de su secuestro por las
autoridades españolas directamente (caso Sidi Mohamed Basiri, el 18 de
junio de 1970), con su complacencia (casos de desapariciones forzadas
del 31 de octubre de 1975 al 26 de febrero de 1976) y bajo su
responsabilidad jurídica para todos los casos posteriores.
Si bien la responsabilidad material es
responsabilidad directa de las autoridades de ocupación marroquíes,
España sigue siendo responsable jurídicamente como potencia de iure del territorio del Sahara Occidental.
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El Día
Internacional del Detenido Desaparecido se instauró por iniciativa de la
Federación Latinoamericana de Asociaciones de Familiares de Detenidos
Desaparecidos (Fedefam).
La Organización de Naciones Unidas
(ONU) declaró el 30 de agosto como Día Internacional de las Víctimas de
Desapariciones Forzadas.
La tortura, el terror, la muerte,
conforma las características principales de los secuestros. El
cautiverio prolongado genera desesperación e inseguridad en toda la
sociedad.
El secuestro ha sido utilizado como
estrategia tanto por grupos terroristas como por los propios estados. Es
por ello que la Carta de las Naciones Unidas impone a los Estados la
obligación de promover el respeto universal y efectivo de los Derechos
Humanos y libertades fundamentales.
La desaparición forzada se usa a menudo
como estrategia para infundir el terror en los ciudadanos. La sensación
de inseguridad que esa práctica genera, no se limita, ya que se ha
convertido en un problema mundial.
Las desapariciones forzadas, que en su
día fueron principalmente el producto de las dictaduras militares,
pueden perpetrarse hoy día en situaciones complejas de conflicto
interno, especialmente como método de represión política de los
oponentes.
El acoso de los defensores de los
derechos humanos, los parientes de las víctimas, los testigos y los
abogados que se ocupan de los casos de desaparición forzada.
El uso por los Estados de la lucha contra
el terrorismo como excusa para el incumplimiento de sus obligaciones y
la todavía generalizada impunidad por la práctica de la desaparición
forzada.
Debe prestarse también especial atención a
los grupos de personas especialmente vulnerables, como los niños y las
personas con discapacidad.
El 21 de diciembre de 2010, la Asamblea
General, en virtud de la resolución, expresó su preocupación, en
particular, por el aumento de las desapariciones forzadas o
involuntarias en diversas regiones del mundo, como los arrestos, las
detenciones y los secuestros cuando son parte de las desapariciones
forzadas o equivalen a ellas, y por el creciente número de denuncias de
actos de hostigamiento, maltrato e intimidación padecidos por testigos
de desapariciones o familiares de personas que han desaparecido.
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