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Fuente: EIC Poemario por un Sahara Libre / Diario Vasco // Por Juan Soroeta*
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Desde 1986 la Unión
Europea ha venido concluyendo con Marruecos sucesivos acuerdos en
materia de pesca que, pese a ser contrarios al Derecho Internacional, se
han aplicado desde entonces en las aguas del Sahara Occidental. Desde
2012, a la explotación ilegal de los recursos pesqueros saharauis se
añade la de productos agrícolas y derivados de la pesca en virtud de un
acuerdo de libre comercio entre la UE y Marruecos.
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En 2014 el
Frente Polisario presentó sendos recursos de nulidad contra los dos
acuerdos mencionados ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea
(TJUE), dando lugar a una serie de procedimientos en el curso de los
cuales el alto Tribunal europeo llegó, sucintamente, a las siguientes
conclusiones: el Sahara Occidental es un Territorio No Autónomo, es
decir, un territorio pendiente de descolonización, por lo que no forma
parte de Marruecos; como según el Derecho internacional, un acuerdo es
aplicable sólo en el territorio de las partes contratantes y el Sahara
Occidental no es parte
del de ninguna de ellas, los acuerdos no son aplicables en el mismo… y
por lo tanto no se aplican. Lo cierto es que no solo todas las partes en
el procedimiento, sino el propio tribunal en algunos pasajes de su
sentencia reconocieron que ambos acuerdos se aplican en el Sahara
Occidental. El TJUE ha preferido afirmar sin rubor que los acuerdos se
aplican ‘de facto’ (expresión jurídicamente vacía de contenido) a
reconocer simple y llanamente que se aplican ilegalmente. Si se tiene en
cuenta que los jueces conocían con certeza este hecho, su decisión,
manifiestamente injusta y tomada con conocimiento de causa, no podría
calificarse en nuestro ordenamiento más que como prevaricación.
Si dejamos a un lado este
gravísimo hecho, que muestra con elocuencia que la justicia europea
antepone los intereses de la UE al Derecho, debe destacarse que el TJUE
establecía además un requisito para que, en adelante (no explica por qué
no ocurre lo mismo con los acuerdos previos), los acuerdos se puedan
aplicar válidamente al territorio y a las aguas saharauis: el pueblo
saharaui debe dar su consentimiento a tales acuerdos. Conseguir tal
consentimiento constituía una misión imposible, dado el rotundo rechazo
del Frente Polisario a tales acuerdos. Sin embargo, las instituciones
europeas, animadas por el desatino del TJUE, decidieron enviar una
comisión al Sahara Occidental, donde se entrevistó con los
representantes de organizaciones de colonos e instituciones marroquíes
que, lógicamente, dieron su consentimiento a la aplicación de los
acuerdos al territorio. La única asociación saharaui constituida de
conformidad con el Derecho marroquí, la ASDVH, rechazó entrevistarse con
la comisión afirmando lo que es una máxima de las Naciones Unidas: el
único y legítimo representante del pueblo saharaui es el Frente
Polisario, que es quien debe dar el consentimiento en su nombre. De esta
forma, la Comisión pretendió sustituir el consentimiento del pueblo
saharaui por el de los colonos y trasladó su decisión al Parlamento
Europeo, que debía decidir su aprobación o su rechazo.
Hace ahora un mes que la
institución europea que más se había distinguido por la defensa del
derecho del pueblo saharaui a su autodeterminación y a la soberanía
permanente sobre sus recursos naturales, el Parlamento Europeo, ha
retrocedido treinta años en su posición sobre la cuestión, al aprobar la
propuesta de la Comisión y considerar que el pueblo saharaui ha dado su
consentimiento… a través de los colonos, que, debe recordarse, se
encuentran en el territorio en violación de los Convenios de Ginebra,
que prohíben el traslado de población del territorio del Estado ocupante
(Marruecos) al territorio ocupado.
Queda aún la posibilidad
de recurrir de nuevo al TJUE denunciando el incumplimiento de la
sentencia por parte de las instituciones europeas, aunque cada día
resulta más difícil creer en las bondades de este tribunal y de sus
jueces, que ignoraron palmariamente las conclusiones del Abogado General
previas a la sentencia, en las que afirmó sin matices que estos
acuerdos violan el Derecho Internacional.
Por su parte, nuestro
país, que es la potencia administradora del territorio (lo ha llegado a
afirmar hasta en tres ocasiones la Audiencia Nacional) y por ello
responsable de lo que ocurre en él, ha apoyado la ocupación marroquí y
la explotación ilegal de los recursos naturales en contra de quien tiene
la obligación de defender -el pueblo saharaui-, interviniendo incluso
en los procedimientos judiciales del lado de la Unión Europea.
¿Qué nos queda a los
ciudadanos? ¿Qué podemos hacer además de clamar al cielo una vez más?
Probablemente no mucho. O quizás sí. Hacer que nuestra voz se oiga.
Y quizás recordar cuando
lleguen las elecciones, que están ya a la vuelta de la esquina, la
posición oficial de cada partido sobre la cuestión y, sobre todo, el
sentido de su voto en el Parlamento Europeo.
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* Profesor de derecho internacional privado (UPV-EHU).
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