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Nueva decisión del Tribunal
de Justicia de la Unión Europea: Acuerdo de aviación civil entre la UE y
Marruecos no se aplica al Sáhara Occidental |
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Fuente: PUSL
Después de la tierra y del mar, el
espacio aéreo: mediante auto de 30 de noviembre de 2018, el Tribunal de
la Unión Europea, que había sido interpelado por el Frente Polisario,
considera que el acuerdo sobre la aviación civil establecido en enero de
2018, entra la Unión Europea y Marruecos, no es aplicable al territorio
del Sáhara Occidental y su espacio aéreo. Para el juez europeo, es
necesario comprender la noción del territorio de Marruecos como “al
referirse a la zona geográfica sobre la que el Reino de Marruecos ejerce
toda la gama de poderes reconocida a entidades soberanas por el Derecho
internacional, con exclusión de cualquier otro territorio como el
Sáhara Occidental”. El Tribunal añade que la inclusión del territorio
del Sáhara Occidental violaría “el principio de la autodeterminación
mencionado en el artículo 1 de la Carta de las Naciones Unidas y el
principio del efecto relativo de los tratados”. Del mismo modo, el
Tribunal subraya con gran precisión: “la Unión Europea no puede
compartir válidamente una intención del Reino de Marruecos de incluir el
territorio en cuestión en la cámara de aplicación del Acuerdo”.
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El Frente
Polisario tiene el placer de haber iniciado este llamamiento que, tras
las sentencias de 2016 y 2018, permite liberar por completo el
“edificio” de soberanía: la tierra, el mar y el espacio aéreo. Mientras
el poder político europeo se está desviando hacia la burla de la ley, el
tribunal europeo, por tercera vez, regula explícitamente la cuestión de
la soberanía.
Esta decisión muestra la falta de visión
de la Comisión Europea que afirmó que con el llamado proceso de
extensión traería la seguridad jurídica, y simplemente olvidó en su
razonamiento de que había espacio aéreo saharaui. Todo tiene que ser
hecho de nuevo…
Para Mhamed Khadad, esta decisión
judicial tiene implicaciones prácticas inmediatas: “A partir de esta
fecha, compañías aéreas como Transavia, Binter o Royal Air Maroc ya no
tienen ningún apoyo legal para reclamar vuelos regulares entre El Aaiún o
Dakhla y la Unión Europea. Estas empresas, sujetas a la legislación
europea, asumen claramente su responsabilidad civil y penal, pero esta
sentencia tiene un alcance mucho más amplio, en realidad se refiere a
todo el espacio aéreo: ningún acuerdo internacional se aplica en este
territorio, en ausencia de autorización del representante del pueblo del
Sáhara Occidental”.
Mhamed Khadad continúa: “ningún acuerdo
internacional es aplicable al espacio aéreo, y ninguna autoridad puede
tomar decisiones para dar seguridad jurídica a los aviones que desean
transitar por el territorio”. Por lo tanto, el Frente Polisario se opone
al uso del espacio aéreo del Sáhara Occidental por aviones civiles y
militares, con la única excepción de los aviones de la Minurso, como
parte de la misión de paz.
Más que nunca, queda claro que la
estabilidad y la seguridad en esta parte del mundo vendrán a través de
la aplicación del derecho internacional, con la retirada de todas las
empresas extranjeras y la organización del referéndum sobre la
autodeterminación.
Al inicio de las conversaciones de
Ginebra, esta decisión judicial llega en el momento oportuno para
recordar la realidad de la ley aplicable, es decir, el estatuto separado
y distinto de los territorios terrestres, marítimos y aéreos del Sáhara
Occidental y la ausencia de cualquier soberanía marroquí sobre este
territorio.
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